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Inocencia Fiscal: ARCA fija nuevas pautas para multas y plazos de prescripción

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) comenzó a delinear la «letra chica» de la flamante Ley N° 27.799, más conocida como «Ley de Inocencia Fiscal». A través de dos nuevas instrucciones generales, el organismo estableció cómo se aplicarán las multas automáticas y de qué manera impactará la reducción de los plazos de prescripción en los contribuyentes.

1. Multas por falta de presentación: Montos y nuevos plazos

La Instrucción General 2/2026 actualiza los valores de las multas del artículo 38 de la Ley N° 11.683 por no presentar declaraciones juradas en término:

  • Personas humanas y sucesiones indivisas: $220.000.
  • Sociedades y demás entidades: $440.000.

¿Cómo es el nuevo procedimiento? ARCA implementó un sistema de alertas para «ayudar» al cumplimiento antes de sancionar:

  • Recordatorio automático: Tras el vencimiento, el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT) enviará un aviso al Domicilio Fiscal Electrónico.
  • Plazos de espera: El organismo no intimará de inmediato. Según el segmento del contribuyente, se otorgará un «aire» de entre 20 y 90 días corridos antes de registrar la multa y emitir la intimación formal.
SEGMENTOPLAZO DE ESPERA (DÍAS)
1.220 días
2, 3 y 930 días
4, 5 y 645 días
7.1 a 7.960 días
8.1 a 8.490 días

2. Prescripción: ¿Cuándo «vencen» las deudas con el Fisco?

La Instrucción General 3/2026 reglamenta la reducción de los plazos de prescripción introducidos por la nueva ley. El objetivo es dar mayor previsibilidad, premiando al contribuyente cumplidor con plazos más cortos para ser fiscalizado.

Los nuevos plazos generales:

  • Impuestos: El plazo baja de 5 a 3 años para contribuyentes inscriptos que presenten su declaración en término y no tengan «discrepancias significativas» con los datos del fisco.
  • Seguridad Social: El plazo general de 10 años se reduce a 5 años si se presentó la declaración jurada en término y se regularizó el saldo.

Transición y aplicación (Art. 2537 CCyC): Un punto fundamental es qué pasa con los plazos que ya estaban corriendo al 2 de enero de 2026 (fecha de vigencia de la ley):

  • Si el plazo de la ley anterior termina antes que el nuevo plazo contado desde la vigencia de la ley, se mantiene el de la ley anterior.
  • Ejemplo práctico: Para el período fiscal 2024 (vencimiento 2025), la prescripción bajo la ley vieja operaría en 2031. Con la nueva ley, el plazo de 3 años se cuenta desde el 02/01/2026, por lo que la acción del fisco prescribirá el 2 de enero de 2029.

Impacto para el contribuyente

Estas medidas buscan modernizar la relación entre el fisco y los ciudadanos, enfocándose en la gestión digital y la segmentación. Para los profesionales de ciencias económicas, la clave estará en monitorear de cerca el Domicilio Fiscal Electrónico para aprovechar los «plazos de espera» y evitar las abultadas multas automáticas.

Instrucción General 2-2026

Instrucción General 3-2026