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AFIP implementa nuevas disposiciones para simplificar la declaración del IVA según actividad

El 23 de octubre de 2024, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) emitió la Resolución General 5591/2024 con el propósito de simplificar y optimizar los procesos de determinación y presentación de declaraciones juradas del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para ciertos contribuyentes. Esta normativa, que entra en vigencia para las presentaciones correspondientes al período fiscal de octubre de 2024, reemplaza a la Resolución General 3711 y establece un nuevo marco para facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.

Objetivos y cambios clave

La resolución responde a la necesidad de mejorar los procesos de registración y presentación de declaraciones juradas de IVA. Uno de los principales cambios radica en la sustitución del procedimiento establecido por la Resolución General 3711, que obligaba a algunos contribuyentes a utilizar el formulario F2002 IVA por Actividad a través del sistema “Mis Aplicaciones Web”. Con esta nueva resolución, AFIP busca integrar de manera más eficiente el uso del Libro de IVA Digital, optimizando la recolección de datos y la carga administrativa que recaía sobre los contribuyentes.

El Poder Ejecutivo Nacional ha fijado como meta la simplificación de los procesos tributarios a través de herramientas tecnológicas que permitan automatizar y reducir el tiempo invertido en el cumplimiento de las obligaciones fiscales. La Resolución 5591/2024 establece que parte de los datos de las declaraciones juradas se generarán automáticamente a partir de la información cargada previamente en el Libro de IVA Digital, agilizando el procedimiento y minimizando errores en la confección de la declaración.

¿Quiénes están alcanzados por la medida?

La resolución afecta a contribuyentes cuyas características particulares no requieren la inclusión de datos específicos en la declaración, como:

  • Empresas promovidas.
  • Proveedores de empresas promovidas.
  • Contribuyentes que realicen operaciones de exportación.
  • Responsables que soliciten reintegros por operaciones vinculadas a bienes de capital.
  • Sujetos con regímenes especiales, como el Régimen de Reintegro de Retenciones Agropecuarias o el Régimen Agropecuario con Pago Anual.

Estos contribuyentes deberán confeccionar sus declaraciones mensuales del IVA desglosando los débitos fiscales en función de la actividad económica declarada, y las ventas conforme a la alícuota aplicable a cada caso. El formulario F2002 IVA por Actividad seguirá siendo el documento utilizado para tal fin, pero ahora incluirá automáticamente los datos del Libro de IVA Digital.

Proceso de declaración y plazos

La determinación del IVA y la confección de la declaración jurada se realizarán a través del sistema “Mis Aplicaciones Web” de AFIP, donde el contribuyente podrá acceder al formulario F2002 IVA por Actividad. Este formulario reflejará automáticamente la información previamente registrada en el Libro de IVA Digital correspondiente al mismo período mensual. Esta nueva integración busca agilizar la carga de información y reducir la duplicación de tareas.

En cuanto a los plazos de presentación, la declaración jurada mensual deberá realizarse según el cronograma de vencimientos fijado en la Agenda General de Vencimientos de la AFIP, siempre después de haber presentado previamente el Libro de IVA Digital del período correspondiente. Asimismo, el pago del saldo resultante de la declaración jurada deberá hacerse según las modalidades y fechas estipuladas por la normativa vigente.

Rectificativas y vigencia

En caso de que los contribuyentes necesiten realizar declaraciones juradas rectificativas, también deberán modificar el Libro de IVA Digital correspondiente al mismo período mensual, si hubiera cambios en el débito o crédito fiscal previamente registrado. Esta medida busca garantizar la coherencia entre ambos documentos y facilitar las correcciones de errores.

La resolución entrará en vigencia el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, aplicándose para las declaraciones juradas del período fiscal octubre de 2024 en adelante. Como parte de este proceso de simplificación, se deroga la Resolución General 3711, que anteriormente regía el uso del formulario F2002 IVA por Actividad.

Conclusión

Con la Resolución General 5591/2024, AFIP continúa avanzando en la digitalización y simplificación de los procesos tributarios. La implementación de esta nueva normativa representa un paso importante en la reducción de la carga administrativa sobre los contribuyentes, en especial para aquellos sujetos a regímenes especiales y empresas promovidas. Al integrar automáticamente los datos del Libro de IVA Digital en las declaraciones juradas de IVA, la AFIP facilita el cumplimiento fiscal y optimiza la eficiencia en el proceso de determinación y presentación del gravamen.

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