El fallo “Cingolani” de la Cámara Federal de Córdoba, al confirmar el procesamiento de un contador público como partícipe necesario en un caso de lavado de activos por certificar falsamente el origen de fondos, cristaliza una tendencia jurisprudencial que redefine los cimientos de la responsabilidad del profesional en ciencias económicas, tensionando la frontera entre el incumplimiento ético y la complicidad delictiva. La sentencia concibe al contador como “gatekeeper” con un deber de diligencia reforzado. Además, aplica la figura del dolo eventual y advierte sobre la ceguera deliberada: la pericia del profesional impide alegar ignorancia ante inconsistencias o “banderas rojas” evidentes en la operación certificada. Incluso tratándose de una certificación contable –de alcance más limitado que una auditoría–, el fallo enfatiza que el contador no queda eximido de un deber mínimo de verificación de la coherencia y licitud de los fondos involucrados.
En definitiva, “Cingolani” inaugura una línea interpretativa rigurosa: se exige al contador público algo más que el cumplimiento formal de las normas técnicas, imponiendo un escrutinio sustancial de la razonabilidad de las operaciones y un compromiso ético activo en su labor (el formalismo ya no alcanza). En la práctica, esta postura jurisprudencial extiende la responsabilidad del profesional contable y lo coloca en una posición de mayor riesgo, incluso cuando su actuación se sustenta en información limitada bajo su control.




