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La Justicia ordena la suspensión provisoria de la aplicación del DNU 149/2025

El Instituto Argentino de Capacitación Profesional y Tecnológica para el Comercio (INACAP) informa que, en el marco de la acción judicial iniciada contra el Decreto 149/2025, en los autos caratulados «INSTITUTO ARGENTINO DE CAPACITACIÓN PROFESIONAL Y TECNOLÓGICA PARA EL COMERCIO (INACAP) c/ ESTADO NACIONAL – PODER EJECUTIVO NACIONAL s/ ACCIÓN DECLARATIVA» Causa, N° 18373/2025, el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 45 dictó una resolución haciendo lugar a la medida cautelar solicitada y ordenó la suspensión provisoria de la aplicación del DNU 149/2025 respecto del INACAP. Cabe señalar que dicha medida fue RATIFICADA por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo con las firmas de los jueces de cámara Dr. Mario S. Fera , Dra. Diana R. Cañal y el Dr. Alejandro H. Perugini.

En consecuencia, todos los empleadores comprendidos en el ámbito de aplicación de la Convención Colectiva de Trabajo N.º 130/75 de empleados de comercio y servicios se encuentran obligados a continuar realizando el aporte mensual al INACAP en los términos del acuerdo colectivo vigente y homologado.

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