La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) publicó en el Boletín Oficial la Resolución General 5851/2026. A través de esta, se dispuso un plazo especial y excepcional para la presentación de las declaraciones juradas y el pago del saldo resultante de los impuestos a las Ganancias, Bienes Personales y Cedular correspondientes al período fiscal 2025.
La medida se tomó tras los reclamos presentados por diversas entidades representativas de los profesionales en ciencias económicas. Los mismos planteaban la necesidad de contar con un margen de tiempo adicional para la correcta y completa confección de las liquidaciones. Por razones de administración tributaria, las autoridades hicieron lugar al pedido para facilitar el cumplimiento de las obligaciones.
El nuevo cronograma de vencimientos
Las fechas de prórroga unifican los plazos de la siguiente manera, sustituyendo el calendario que regía de forma general:
- Impuesto a las Ganancias (Régimen General y Simplificado): La presentación y el pago de la declaración jurada de personas humanas y sucesiones indivisas se podrán realizar hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
- Impuesto sobre los Bienes Personales: La misma fecha límite del 27 de julio de 2026, inclusive, aplica para cumplir con la determinación e ingreso de este gravamen.
- Impuesto Cedular: Los sujetos alcanzados por este impuesto también cuentan con la extensión del plazo hasta el 27 de julio de 2026, inclusive.
- Declaraciones Juradas Informativas: En el caso de empleados y jubilados obligados a presentar el detalle de sus bienes (según las Resoluciones Generales 2.442 y 4.003) , la fecha límite excepcional se trasladó al 31 de julio de 2026, inclusive.
Un alivio necesario para la labor profesional
Desde el CPCE Formosa valoramos la oficialización de esta prórroga, que otorga un respiro clave a nuestros matriculados en una de las etapas de mayor carga laboral del año. Contar con estas semanas extra es fundamental para garantizar la precisión técnica en el asesoramiento y la liquidación de los tributos de los contribuyentes.
Cabe destacar que la resolución entró en vigencia el mismo día de su publicación. Como siempre, recordamos a la comunidad profesional que el Consejo se encuentra a disposición para resolver dudas y canalizar inquietudes técnicas vinculadas a este período fiscal.
