La Administración Tributaria Provincial (ATP) emitió la Resolución General N° 24/2026,introduciendo modificaciones importantes en el Régimen de Pago a Cuenta del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos. A partir de las tareas de inteligencia fiscal en los Puestos de Control Camineros, el organismo detectó altos índices de evasión e incumplimiento en ciertos rubros que ingresan mercaderías a la provincia.
Con el objetivo de promover el cumplimiento voluntario, la ATP dispuso aplicar alícuotas incrementadas para aquellos contribuyentes que registren categorías de mayor riesgo fiscal.
¿En qué consiste la nueva medida?
La norma complementa el régimen de pago a cuenta del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos que ya venía aplicándose mediante las Resoluciones Generales N° 50/2020 y N° 35/2021.
A partir de ahora, los agentes de recaudación ubicados en los Puestos de Control Camineros, agencias y delegaciones de la ATP tienen la obligación de consultar la categoría de Riesgo Fiscal de cada sujeto de manera previa a realizar la liquidación. Dicha consulta se debe efectuar a través del sitio web oficial del organismo (www.atpformosa.gob.ar).
Esquema de alícuotas incrementadas
De acuerdo con el nivel de riesgo fiscal establecido bajo los parámetros de la Resolución General N° 46/2020 , se aplicarán las siguientes alícuotas en el momento del ingreso de la mercadería a la provincia:
- Contribuyentes con Riesgo Fiscal: Se les aplicará una alícuota del 3%.
- Contribuyentes con Riesgo Fiscal Alto: Corresponde una alícuota del 4%.
- Sujetos No Inscriptos: Se les aplicará una alícuota del 4%.
Vigencia
Las alícuotas incrementadas dispuestas por la Resolución General N° 24/2026 entraron en vigencia a partir del 8 de junio de 2026.
