A través de la Resolución 1899/2026, publicada en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional oficializó la prórroga hasta el 30 de junio de 2027 de los beneficios que suspenden el inicio de los juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares por parte de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA).
¿Qué establece la normativa?
La medida extiende el plazo original previsto por la Resolución N° 1445/2024 del Ministerio de Economía, garantizando un resguardo temporal frente a acciones judiciales de cobro coactivo. De este modo, se busca acompañar a los sectores económicos que continúan atravesando particularidades operativas y financieras.
Principales beneficiarios de la prórroga
La suspensión de ejecuciones fiscales y medidas cautelares alcanza de forma directa a los siguientes grupos:
- Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMEs – Tramos 1 y 2): Siempre que cuenten con su «Certificado MiPyME» vigente a la fecha de dictado de la resolución.
- Pequeños contribuyentes: Personas humanas y sucesiones indivisas categorizadas como tales por el organismo fiscal.
- Entidades sin fines de lucro: Instituciones que cumplen un rol social fundamental y que han sido contempladas desde el inicio de este esquema de protección.
- Sector de salud: Contribuyentes pertenecientes a esta actividad esencial, cuyos requerimientos financieros especiales motivaron las sucesivas extensiones.
La decisión se fundamenta en la necesidad de continuar asistiendo a los sectores que concentran gran parte del empleo y traccionan el desarrollo productivo, manteniendo las herramientas de alivio fiscal vigentes ante las dificultades económicas persistentes.
Cronograma y vigencia clave
El plazo de prórroga establecido por la Resolución 1899/2026 rige a partir de su publicación en el Boletín Oficial el día 04/11/2026. La medida extiende hasta el 30 de junio de 2027, inclusive, la suspensión del inicio de los juicios de ejecución fiscal y de la traba de medidas cautelares por parte de la ARCA. Para cumplir con esta condición, se toma como referencia la fecha de dictado de la resolución (29 de octubre de 2026) para verificar la vigencia del «Certificado MiPyME» de las empresas alcanzadas.
